Participaciones

Integrantes de la ADyCS-SC participaron del Capítulo Patagónico de la RED NACIONAL DE MULTISECTORIALES para tratar la temática de inclusión digital y las garantías de acceso con tarifas justas y el DNU 690/2020.

Integrantes de la Academia de Derecho y Ciencias Sociales de la Provincia de Santa Cruz participaron del Capítulo Patagónico de la RED NACIONAL DE MULTISECTORIALES, que se realizó el día 3 de octubre de 2020 con el propósito fue comenzar a tratar la temática de inclusión digital y las garantías de acceso con tarifas justas y el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional número 690/2020 que declara los servicios de telecomunicaciones esenciales y públicos.

Los participantes por provincia y las temáticas abordadas mediante la conexión por videoconferencia, fueron:

TIERRA DEL FUEGO E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR : BARRIOS POPULARES: Javier Calisaya y Laly Mora, ambos Concejales del Municipio de Ushuaia.

SANTA CRUZ : JUSTICIA: Dr. Diego Lerena, Juez Cámara Civil y Comercial Santa Cruz, Dra. Antonella Carminati Woll, funcionaria de la Cancillería Argentina, y Dr. Sergio Luis Macagno, funcionario de la Universidad Nacional de la Patagonia Austral, todos integrantes de la Academia de Derecho y Ciencias Sociales de Santa Cruz.

CHUBUT: TELETRABAJO: Dr. Paulo Koning, Juez Laboral.

NEUQUÉN : EDUCACIÓN: Marcelo Guagliardo, Secretario General de ATEN y miembro JECTERA, y Marisabel Granda Vocal gremial del Consejo de Educación de la provincia de Neuquén; SALUD Y TELEMEDICINA: Dr. Daniel Manoukian, Médico y Docente. Mauro Stefanizzi, Presidente de la Asociación Argentina de Electrodependientes que disertó sobre la importancia que la conectividad en materia de salud; PUEBLOS ORIGINARIOS: Jorge Nawuel , coordinador de la Confederación Mapuche.

Los próximos foros ser realizarán en las otras regiones del norte del país.

Breve reseña de las exposiciones de los participantes de Santa Cruz:

La Dra. Antonella Carminatti Woll, hizo uso de la palabra en primer término, dando el marco teórico de los derechos constitucionales en materia de comunicación y los antecedentes nacionales e internacionales. Sosteniendo, que: “….Si el acceso a las TIC previo a la pandemia era fundamental, ahora con el aislamiento es aún más.” “…al trasladarse la mayoría de las actividades cotidianas al mundo virtual, se vieron marginados aún más los sectores de la población carentes de acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).” “…La importancia de la suba de precios en servicios esenciales se vio reflejada en un caso de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el 2016, en el cual la Corte falló en contra del aumento de tarifas de gas natural argumentando el perjuicio que provocaría el aumento de precios de ese servicio esencial en las clases sociales más bajas.” “…el perjuicio social provocado por la exclusión de numerosos usuarios de dichos servicios esenciales como consecuencia de una tarifa que, por su elevada cuantía, pudiera calificarse de confiscatoria (...).” Esto se puede aplicar de igual manera al acceso a las TIC, sumándose el agravante de la crisis económica producto de la pandemia.”

Luego, el Dr. Sergio Macagno hizo el análisis técnico: “La medida restituye a la Ley 27.078, “Argentina Digital”, lo que el gobierno anterior quitó, y además declara servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia”. “Al quedar pendiente saber si habrá diferencias de variación de costos según coberturas zonales, puede existir el riesgo de desaparición de los pequeños prestadores en beneficio de los más grandes, y llevar a una concentración de mercado mayor, como ha pasado con la TV Cable.” “Por la “identidad digital” hoy los ciudadanos pueden acceder a servicios o realizar trámites desde cualquier dispositivo electrónico con conectividad.” “…En el sistema del Poder Judicial de la Nación hoy todo es virtual en la plataforma del Sistema de Notificaciones Electrónicas” “Ejemplo: la autopista con peaje tiene el necesario camino alternativo sin peajes. Quien no cuente con conectividad operativa no podrá ejercer sus derechos con igualdad sustantiva, o sea de hecho, y queda excluido del ejercicio de los derechos, sería una ciudadanía con “capiti diminutio”.” “El DNU es insuficiente. Debe establecerse el acceso a una prestación básica de conectividad universal gratuita, por ser un derecho humano esencial…”.

Finalmente, el Dr. Diego Lerena, hizo el cierre de la presentación diciendo: “La Academia de Derecho y Ciencias Sociales de Santa Cruz. desea expresar su posición respecto a la medida de política pública que el gobierno nacional definió al declarar a los Servicio de Tecnología Información y las Comunicaciones (TIC) como servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia.”, “Hoy, los derechos a la educación, a la cultura, al trabajo, a la libre expresión y a la asociación, entre otros, se ejercen en su mayoría mediados tecnológicamente y para ello se utilizan servicios comunicacionales que son prestados en condiciones monopólicas en algunos casos, oligopólicas o con profundas asimetrías entre prestadores en otros, y con enormes inequidades de calidad, costo y alcance en función de la radicación geográfica de los usuarios y usuarias.” “…Debe exigirse una prestación básica universal, tal como lo contempla la reciente decisión del poder ejecutivo nacional.” “Esto se funda, ni más ni menos que en la defensa del interés público y coloca a los servicios tecnología información en un lugar estratégico para la construcción de ciudadanía y el sostenimiento del sistema democrático y federal.”