Mediante el Acuerdo 42/20 de la CFACR dictado el 29 de abril del corriente año, la Justicia Federal dispuso ampliar gradualmente las funciones de los Juzgados, exceptuando los Juzgados de Ushuaía y Río Grande, autorizando a los magistrados a habilitar diversos asuntos además de los habilitados por la CSJN.
Fundamenta el decisorio en atención a la situación de cada jurisdicción, estableciendo como regla general el trabajo remoto, evitando la concurrencia de profesionales y público en general a los edificios, salvo excepciones dispuestas y previa citación y asignación de turnos mediante correo electrónico.
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