Este documento pretende desarrollar un breve análisis de las causas y los fines que motivaron al Dr. Juan Bautista Alberdi, el redactor de la Constitución Nacional, a invocar la protección de Dios en el texto de nuestra Ley Suprema Fundacional.

Luego de ser aprobada por los constituyentes, han establecido para las pasados, presente y próximas generaciones como causas y fines de nuestro pueblo.

Desde que somos Nación, generaciones de argentinos aprendemos de nuestros padres y maestros el Preámbulo, porque él sintetiza la Constitución y el propósito fundacional del Estado al proclamar solemnemente los fines, principios y propósitos constituyentes establecidos para todo el pueblo argentino.

El Preámbulo, afirma el Presidente Domingo F. Sarmiento, proclama el espíritu que prevaleció en la adopción de la normativa de la Ley Fundacional.

Su fresco y perenne enunciado nos sigue diciendo:

“Nos los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen...

….y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino:

invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos,

decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina.”